Con 127 votos a favor, 7 en contra y 11 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto que fija una sanción para los ciudadanos que no sufraguen en los comicios presidenciales y parlamentarios. La iniciativa se despachó para su promulgación luego de superar las modificaciones del Senado.

La multa para quienes no cumplan con la obligación de votar tendrá un piso de $34.000 pesos y podrá alcanzar un techo de $103.000 pesos, calculado sobre la base de la UTM de septiembre de 2025.

La medida regirá para las elecciones del presente año.

NO SERAN MULTADOS QUIENES….

– Estén enfermos, ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación.

– Quienes el día de la elección desempeñen funciones encomendadas por la ley de Votaciones Populares y Escrutinios.

– Ciudadanos con discapacidad que cuenten con la calificación y certificación establecida en la ley 20.422, que establece normas sobre la igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad o tengan otro impedimento grave que deberán acreditar ante el juez de policía local.

– Finalmente, esta norma no incluye multa a los extranjeros con derecho a voto. Esto porque el término “ciudadanos” comprende solo a los chilenos y a los extranjeros nacionalizados.

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